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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LNCM/9%20Bis
Ley
LEY de Navegación y Comercio Marítimos
Artículo
9 Bis

Artículo 9 Bis de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 9 Bis ya no existe. Lo quitaron de la ley el 7 de diciembre de 2020, así que ya no tienes que cumplir con lo que decía. Al decir "se deroga", significa que ese artículo fue cancelado o eliminado oficialmente. En pocas palabras, no hay nada que entender ni aplicar de ese artículo.

Texto oficial

Artículo 9 Bis. Se deroga. Artículo adicionado DOF 19-12-2016. Derogado DOF 07-12-2020 LEY DE NAVEGACIÓN Y COMERCIO MARÍTIMOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 8 de 86

Ver texto oficial de la LEY de Navegación y Comercio Marítimos (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.