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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LNED/104
Ley
LEY Nacional de Extinción de Dominio
Artículo
104

Artículo 104 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si dices que te aplica una regla general (como “todos los empleados tienen derecho a aguinaldo”), no tienes que probar que tu caso no es la excepción. Pero si tú afirmas que tu caso es una excepción (por ejemplo, “a mí no me toca aguinaldo porque soy aprendiz”), entonces tú sí tienes que demostrarlo.

Texto oficial

Artículo 104. El que funda su derecho en una regla general no necesita probar que su caso siguió la regla general y no la excepción; pero quien alega que el caso está en la excepción de una regla general, debe probar que así es.

Ver texto oficial de la LEY Nacional de Extinción de Dominio (pág. 24) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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