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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LNED/123
Ley
LEY Nacional de Extinción de Dominio
Artículo
123

Artículo 123 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando pidas una inspección judicial (que es cuando un juez va a ver algo importante para tu caso), tienes que decir claramente qué cosas o lugares quiere que revise. También debes explicar exactamente sobre qué puntos o temas quieres que el juez se fije. Así, el juez sabrá a dónde ir y qué buscar durante la inspección.

Texto oficial

Artículo 123. Al ofrecerse la inspección judicial, se expresará: I. El objeto u objetos sobre los que deberá practicarse, y II. Los puntos sobre los que deba versar.

Ver texto oficial de la LEY Nacional de Extinción de Dominio (pág. 27) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.