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Artículo 141 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Todas las personas que sepan algo sobre los hechos que las partes de un juicio necesitan probar están obligadas a ir a declarar como testigos. No importa si no quieres o te da flojera, la ley te exige que vayas a contar lo que sabes cuando te llamen. Solo los casos que marca la ley (como ser familiar muy cercano o tener un secreto profesional) te pueden eximir. Así que si presenciaste algo importante para un pleito legal, prepárate para que te citen y tengas que ir a declarar.

Texto oficial

Artículo 141. Todas las personas que tengan conocimiento de los hechos que las partes deben probar, están obligados a declarar como testigos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.