Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LNED/146
Ley
LEY Nacional de Extinción de Dominio
Artículo
146

Artículo 146 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres usar notas escritas en clave o taquigrafía como prueba en un juicio, tienes que entregar también su traducción al español normal. Además, debes explicar bien cuál fue el sistema de taquigrafía que usaste para anotarlas. Eso es todo lo que dice: que sin la traducción clara, esas notas no pueden servir como prueba.

Texto oficial

Artículo 146. Los escritos y notas taquigráficas pueden presentarse por vía de prueba, siempre que se acompañe la traducción de ellos, haciéndose especificación exacta del sistema taquigráfico empleado. SECCIÓN DÉCIMA Desahogo y Valoración de los Medios de Prueba

Ver texto oficial de la LEY Nacional de Extinción de Dominio (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.