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Artículo 21 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que, en todo lo que haga el gobierno aplicando esta ley, tiene la obligación de cuidar tus derechos más importantes, los que ya están en la Constitución y en los tratados internacionales que México ha firmado. No te pueden pasar por encima ni violar tus garantías, como el derecho a la defensa o a un juicio justo. En corto, aunque sea un proceso serio, el gobierno debe respetarte y protegerte como persona.

Texto oficial

Artículo 21. En la aplicación de la presente Ley, se respetarán y protegerán los derechos fundamentales y las garantías reconocidas en la Constitución y en los tratados internacionales aplicables de los que el Estado Mexicano sea parte. LEY NACIONAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 28-11-2025 11 de 66

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

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