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Artículo 35 de la LEY Nacional de Extinción de Dominio

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Ya no es necesario que los jueces usen frases viejas y complicadas para escribir sus sentencias. Con que expliquen en palabras claras por qué tomaron una decisión, basándose en lo que dice la ley o en principios de justicia, ya es suficiente. Eso sí, siempre tienen que cumplir con lo que marca la Constitución.

Texto oficial

Artículo 35. Quedan abolidas las antiguas fórmulas de las sentencias y basta con que el Juez apoye sus puntos resolutivos en preceptos legales o principios jurídicos, de acuerdo con el artículo 14 Constitucional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.