Artículo 159 de la LEY Nacional de Ejecución Penal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Juez de Ejecución (el juez encargado de vigilar que se cumplan las sentencias) puede darte tiempo para pagar una multa en dos casos. Primero, si la multa es de hasta 50 días de salario, te puede dar hasta 3 meses para pagarla, pero solo si demuestras que no puedes hacerlo antes. Segundo, si la multa es de más de 50 días de salario, te puede dar hasta un año para pagarla. En pocas palabras, si no tienes lana para cubrir la multa de golpe, puedes pedirle al juez que te dé chance de pagarla a plazos.
Texto oficial
Artículo 159. Plazos El Juez de Ejecución podrá conceder plazos para el pago de las multas en los casos siguientes: I. Si no excediere de cincuenta días multa, se podrá conceder un plazo de hasta tres meses para pagarla, siempre que el deudor compruebe estar imposibilitado para hacerlo en menor tiempo, y II. Si excediere de cincuenta días multa, se podrá conceder un plazo de hasta un año para pagarla.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.