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Ley
LEY Nacional de Ejecución Penal
Artículo
45

Artículo 45 de la LEY Nacional de Ejecución Penal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se aplique una sanción de aislamiento a alguien en la cárcel, el centro donde esté preso tiene la obligación de hacerle un chequeo médico antes de empezar el castigo, durante el tiempo que dure y también cuando termine. Esto es para cuidar su salud y evitar que sufra daños físicos o mentales. Es un derecho que tienen las personas privadas de la libertad.

Texto oficial

Artículo 45. Examen Médico El Centro Penitenciario deberá realizar a las personas privadas de la libertad un examen médico antes, durante y después del cumplimiento de una medida disciplinaria de aislamiento. Capítulo IV De la Imposición de Sanciones Disciplinarias

Ver texto oficial de la LEY Nacional de Ejecución Penal (pág. 28) ↗

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