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Ley
LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos
Artículo
28

Artículo 28 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La autoridad del gobierno (ya sea nacional o local) va a poner a discusión pública el plan de reglas y trámites que tienen ciertas instituciones. Ese plan se llama "Agenda Regulatoria" y la gente podrá opinar sobre él por lo menos durante diez días. En esos días, cualquier persona puede checar el plan, hacer comentarios o sugerencias. Esto se hace para que los ciudadanos digan si están de acuerdo o no antes de que se aprueben los trámites.

Texto oficial

Artículo 28. La Autoridad Nacional o Local someterá la Agenda Regulatoria de los Sujetos Obligados a consulta pública, durante un plazo mínimo de diez días. LEY NACIONAL PARA ELIMINAR TRÁMITES BUROCRÁTICOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 16-07-2025 15 de 30

Ver texto oficial de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos (pág. 14) ↗

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