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Artículo 39 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Todo el mundo va a poder ver los análisis y estudios sobre el impacto de una nueva regla o ley, así como las opiniones que la gente dé durante el periodo de consulta pública. Ese periodo dura por lo menos 20 días, pero lo que diga la ciudadanía no es obligatorio para quien hace la regla. Las dependencias del gobierno pueden pedir a la autoridad encargada de simplificar trámites que acorten ese plazo, dependiendo de qué tan fuerte sea el impacto de la propuesta y qué tipo de regla sea, siempre siguiendo las instrucciones que dé la autoridad nacional.

Texto oficial

Artículo 39. Se hará público el Análisis de Impacto Regulatorio, así como los dictámenes que se emitan y los comentarios de los interesados recabados durante la consulta pública, los cuales no serán vinculantes. El plazo de consulta pública será de al menos veinte días. Los Sujetos Obligados podrán solicitar a la Autoridad de Simplificación y Digitalización la aplicación de plazos menores de consulta pública, tomando en consideración el impacto potencial de la Propuesta Regulatoria, su naturaleza jurídica y ámbito de aplicación, entre otros, de conformidad con los términos que se fijen en los lineamientos que emita la Autoridad Nacional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.