Artículo 80 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que si subes documentos digitales al Expediente Digital Ciudadano para trámites, esos documentos valen legalmente igual que si fueran en papel. Es decir, tienen los mismos efectos jurídicos y la misma fuerza para probar algo ante la ley. Así que no necesitas preocuparte por llevar papeles físicos si los tienes en digital.
Texto oficial
Artículo 80. Los documentos digitales que los Sujetos Obligados integren al Expediente Digital Ciudadano para Trámites y Servicios, conforme a lo dispuesto por esta Ley, producirán los mismos efectos jurídicos que las leyes LEY NACIONAL PARA ELIMINAR TRÁMITES BUROCRÁTICOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 16-07-2025 23 de 30 otorgan a los documentos físicos emitidos conforme la normatividad vigente. Los documentos digitales tendrán el mismo valor probatorio que las disposiciones aplicables que le confieren a los documentos físicos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.