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Ley
LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos
Artículo
99

Artículo 99 de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Autoridad Nacional va a ser la encargada de tener un solo número de teléfono para toda la dependencias del gobierno federal, así como un solo medio de contacto (como un chat o una página de internet) para que tú puedas comunicarte fácilmente con ellos. Ese número y esos medios van a servir para que te den información, te orienten, te asesoren y te ayuden a resolver lo que necesites sobre trámites y servicios del gobierno. Todo esto lo van a hacer por varios canales, como teléfono, internet o aplicaciones, para que puedas elegir el que más te acomode.

Texto oficial

Artículo 99. La Autoridad Nacional tendrá a su cargo la atención telefónica unificada de la Administración Pública Federal, bajo un número único de atención, y habilitará y operará los medios únicos de contacto que será el vínculo entre el Gobierno Federal y la ciudadanía para brindar información, orientación, asesoría, acompañamiento y soluciones integrales y de primer nivel sobre trámites y servicios de la Administración Pública Federal, a través de servicios multicanales. LEY NACIONAL PARA ELIMINAR TRÁMITES BUROCRÁTICOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 16-07-2025 26 de 30

Ver texto oficial de la LEY Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos (pág. 25) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.