Artículo 47 de la LEY Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que hay dos grupos importantes, la Conferencia y el Consejo, que son los encargados de decidir qué requisitos debe cumplir una persona para ser "Facilitador certificado" (alguien que ayuda a resolver conflictos sin llegar a juicio). Ellos establecen las reglas sobre la capacitación que hay que tomar, los exámenes que hay que pasar y cómo se renueva la certificación. También definen cómo se deben organizar las listas de facilitadores y pueden hacer acuerdos con otras instituciones para que todo funcione bien. En resumen, son los que ponen las reglas del juego para que los facilitadores estén bien preparados.
Texto oficial
Artículo 47. Criterios mínimos de certificación La Conferencia y el Consejo serán las Instancias responsables de emitir los criterios mínimos para la certificación de Facilitadores de los Órganos de la Federación y de las entidades federativas de conformidad con lo dispuesto en esta Ley. El Órgano contará con Facilitadores certificados de conformidad con los estándares mínimos en materia de capacitación, evaluación y certificación que emitan la Conferencia o el Consejo; para tal efecto, ésta tendrá las funciones siguientes: I. Establecer los criterios mínimos para las capacitaciones orientadas a cubrir los requisitos de certificación o renovación de la misma, de acuerdo a los estándares establecidos en esta Ley; II. Determinar las normas y procedimientos técnicos para la evaluación y certificación de los Facilitadores; III. Establecer los lineamientos para la construcción de las bases de datos a las que se refiere esta Ley, y IV. Las demás que se acuerden para el cumplimiento de lo dispuesto en este artículo. La Conferencia y el Consejo podrán celebrar convenios de colaboración para los efectos del presente artículo. CAPÍTULO II DE LOS FACILITADORES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.