Artículo 20 de la LEY Nacional del Registro de Detenciones
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando la policía te detiene y registra tus datos en el sistema, el Registro le asigna un número único a tu detención. Ese número debe aparecer en el reporte que la policía le entrega al Ministerio Público (las autoridades encargadas de investigar delitos) o al juez administrativo en el momento en que te ponen a su disposición. Esto es como un folio que sirve para identificar tu caso y asegurarse de que todo está en orden.
Texto oficial
Artículo 20. Una vez ingresada la información de la persona detenida, el Registro generará un número de registro de la detención, mismo que deberá de constar en el informe policial que se entregue al Ministerio Público o a la autoridad administrativa correspondiente al momento de la puesta a disposición del detenido.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.