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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LNRD_270519/6
Ley
LEY Nacional del Registro de Detenciones
Artículo
6

Artículo 6 de la LEY Nacional del Registro de Detenciones

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te detienen, el sistema te asigna un número de registro. Ese número sirve para que las autoridades puedan darle seguimiento a tu caso desde el momento de tu detención hasta que quedes libre, ya sea por orden de un juez o por cualquier otra autoridad que tenga la facultad de hacerlo durante el proceso penal o administrativo. En pocas palabras, es como un folio que usan para no perderte de vista hasta que te dejen ir.

Texto oficial

Artículo 6. El número de registro de la detención que otorgue el Sistema de Consulta tendrá la finalidad de establecer el seguimiento a la persona detenida, hasta que es puesta en libertad por parte de la autoridad competente en cualquiera de las etapas del proceso penal o administrativo. Capítulo II Principios que rigen el Registro Nacional de Detenciones

Ver texto oficial de la LEY Nacional del Registro de Detenciones (pág. 2) ↗

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