- Ley
- LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
- Artículo
- 125
Artículo 125 de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Está prohibido aplicar el arraigo a cualquier persona adolescente, sin importar el motivo. El arraigo es cuando te detienen y te tienen en un lugar por tiempo largo antes de ir a juicio. Esta regla dice que los adolescentes no pueden pasar por eso. Así que si eres menor de edad, no te pueden aplicar esta medida bajo ninguna circunstancia.
Texto oficial
Artículo 125. Prohibición del arraigo Por ningún motivo las disposiciones relativas al arraigo serán aplicables en el caso de las personas adolescentes.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.