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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LNSIJPA/144
Ley
LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Artículo
144

Artículo 144 de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El juez ordena una pausa en el juicio para poder decidir si el acusado es culpable o inocente. Solo si el caso es muy complicado o tiene situaciones especiales, el juez puede retrasar la decisión hasta 24 horas. Esta pausa se llama 'receso' y sirve para que el juez analice bien todo lo que se dijo. Después de ese tiempo, el juez debe dar a conocer su veredicto.

Texto oficial

Artículo 144. Comunicación del fallo Una vez cerrado el debate, el Juez ordenará un receso a fin de estar en condiciones de emitir el sentido del fallo. Sólo si se trata de un caso cuyas circunstancias o complejidad lo ameriten, el Juez declarará el aplazamiento hasta por veinticuatro horas.

Ver texto oficial de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes (pág. 43) ↗

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