Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LNSIJPA/170
Ley
LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Artículo
170

Artículo 170 de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En el juicio penal, a veces el juez toma decisiones simples o de pura rutina (como fijar fechas) que no requieren un análisis profundo. Si no estás de acuerdo con una de esas decisiones, el artículo 170 te da el derecho de pedirle al mismo juez que la revise. Este recurso se puede usar en cualquier momento del proceso mientras el juez esté participando. El objetivo es que el juez se vuelva a fijar en su decisión y la cambie si es necesario, todo sin tanto rodeo.

Texto oficial

Artículo 170. Procedencia del recurso de revocación El recurso de revocación procederá en cualquiera de las etapas del procedimiento penal, en las que interviene la autoridad judicial, en contra de las resoluciones de mero trámite que se resuelvan sin sustanciación. El objeto de este recurso será que el mismo Juez que dictó la resolución impugnada, la examine de nueva cuenta y dicte la resolución que corresponda.

Ver texto oficial de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes (pág. 52) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.