- Ley
- LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
- Artículo
- 250
Artículo 250 de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 250 dice que para prevenir la violencia y la delincuencia, el gobierno debe aplicar políticas, programas y acciones que reduzcan los riesgos que llevan a cometer delitos. También busca atacar las causas de fondo que provocan estos problemas. En lugar de solo castigar, se enfoca en evitar que la gente llegue a delinquir.
Texto oficial
Artículo 250. Prevención social de la violencia y delincuencia La prevención social de la violencia y la delincuencia es el conjunto de políticas públicas, programas, estrategias y acciones orientadas a reducir factores de riesgo que favorezcan la generación de violencia y delincuencia así como a combatir las distintas causas y factores que la generan.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.