- Ley
- LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
- Artículo
- 43
Artículo 43 de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres un adolescente y estás en un proceso legal, tienes derecho a que te escuchen y tomen en cuenta tu opinión en cualquier momento del proceso. Los jueces o autoridades deben considerar tu edad, tu nivel de desarrollo y qué tan maduro eres para entender lo que estás diciendo. Si no hablas o entiendes bien español, deben darte un traductor que hable tu idioma para que puedas expresarte. Si tienes una discapacidad que te dificulta comunicarte, te asignarán a alguien capacitado para que puedas entender y ser entendido sin problemas.
Texto oficial
Artículo 43. Derecho a ser escuchado Toda persona adolescente tiene derecho a ser escuchada y tomada en cuenta directamente en cualquier etapa del procedimiento, tomando en consideración su edad, estado de desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez. La persona adolescente que no comprenda, ni pueda darse a entender en español, deberá ser provista de un traductor o intérprete a fin de que pueda expresarse en su propia lengua. Si se trata de una persona adolescente con discapacidad se le nombrará intérprete idóneo que garantice la comunicación efectiva.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.