Artículo 96 de la LEY Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En el delito de violencia familiar, no se puede llegar a ningún tipo de acuerdo entre la persona que cometió la agresión y la víctima para evitar el juicio o bajar la pena. Esto significa que, aunque ambas partes quieran arreglarlo por su cuenta, la ley no lo permite y el caso tiene que seguir su curso ante un juez. Esto aplica en todo México, aunque en cada estado le llamen de otra forma a este delito.
Texto oficial
Artículo 96. Violencia familiar Los acuerdos reparatorios no procederán en el delito de violencia familiar o su equivalente en las entidades federativas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.