Artículo 11 de la LEY Nacional sobre el Uso de la Fuerza
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo establece que los policías deben seguir una escalera de cinco pasos, del más suave al más fuerte, para controlar una situación. Primero, solo deben presentarse con su uniforme y equipo para mostrar autoridad. Si eso no funciona, intentan convencerte con palabras o gestos claros. Después, pasan al contacto físico para inmovilizarte, y si aún resistes, pueden usar armas no letales como gas o balas de goma. Solo como último recurso, cuando hay peligro grave, pueden usar su arma de fuego.
Texto oficial
Artículo 11. Los niveles del uso de la fuerza, según el orden en que deben agotarse, son: I. Presencia de autoridad: es la primera forma de contacto que tienen los agentes con la ciudadanía en general. Se manifiesta a través de: a) El uso adecuado del uniforme; b) El uso adecuado de equipo, acorde a las circunstancias, y c) Una actitud diligente. II. Persuasión o disuasión verbal: a través del uso de palabras o gesticulaciones que sean catalogadas como órdenes y que permitan a la persona facilitar a los agentes a cumplir con sus funciones; LEY NACIONAL SOBRE EL USO DE LA FUERZA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 24-01-2024 6 de 18 III. Reducción física de movimientos: mediante acciones cuerpo a cuerpo a efecto de que se controle a la persona que se ha resistido y ha obstaculizado que los agentes cumplan con sus funciones; IV. Utilización de armas incapacitantes menos letales: a fin de someter la resistencia activa de una persona, y V. Utilización de armas de fuego o de fuerza letal: para repeler las resistencias de alta peligrosidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.