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Ley
LEY Orgánica de la Armada de México
Artículo
45

Artículo 45 de la LEY Orgánica de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Unidad de Inteligencia Naval es como el equipo de asesores secretos de los jefes máximos de la Armada de México. Su trabajo principal es analizar información clave y hacer reportes útiles para que los altos mandos tomen las mejores decisiones en sus operaciones. También ayuda a crear los planes de seguridad del país usando esa misma información. En pocas palabras, son los que investigan y preparan datos importantes para que la Armada actúe de manera más efectiva.

Texto oficial

Artículo 45. La Unidad de Inteligencia Naval, es el órgano asesor del Alto Mando, encargado de generar productos de inteligencia que contribuyan en la toma de decisiones para el cumplimiento de las atribuciones de la Armada de México y para la formulación de los planes de seguridad nacional.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica de la Armada de México (pág. 11) ↗

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