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Ley
LEY Orgánica de la Armada de México
Artículo
51

Artículo 51 de la LEY Orgánica de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para entrar a trabajar de forma activa en la Armada de México, debes cumplir con estos requisitos: ser mexicano por nacimiento y no tener otra nacionalidad. También necesitas estar en pleno uso de tus derechos como ciudadano (como votar y ser votado), no tener antecedentes penales por delitos que se hayan hecho a propósito (delitos dolosos). Además, debes cumplir con cierta edad, estar física y académicamente apto, tener buena conducta y honestidad, y pasar los exámenes médicos para demostrar que estás sano y listo para el servicio militar.

Texto oficial

Artículo 51. Los requisitos esenciales para causar alta en el servicio activo de la Armada de México son: I. Ser persona mexicana por nacimiento; LEY ORGÁNICA DE LA ARMADA DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 07-11-2025 12 de 21 II. No contar con otra nacionalidad; III. Estar en pleno goce y ejercicio de los derechos civiles y políticos; IV. No contar con antecedentes penales por delitos dolosos, y V. Reunir los requisitos de edad, de aptitud física y académica, de conducta y probidad, así como encontrarse médica y clínicamente sana y apta para el servicio de las armas, en términos de las normas aplicables.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica de la Armada de México (pág. 11) ↗

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