Artículo 84 de la LEY Orgánica de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 93 quiere decir que cuando un marinero o infante de la Armada llega al puesto más alto que puede tener en su grupo de trabajo, después de 5 años en ese puesto empieza a recibir un bono mensual extra. Este bono es la diferencia entre lo que gana y lo que ganaría el puesto de mayor rango. Además, cada 5 años ese bono se actualiza para que siempre sea igual a la diferencia con el sueldo del puesto más alto posible.
Texto oficial
Artículo 84. El grado máximo es aquel que puede alcanzar el personal de la Armada de México en su correspondiente Cuerpo o Servicio. Quien alcance el grado máximo, en los términos en que lo establece esta Ley y demás ordenamientos aplicables, al cumplir cinco años en dicho grado percibirá una asignación mensual igual a la diferencia de percepciones que exista entre el grado que ostenta y el inmediato superior. Cada cinco años dicha asignación será aumentada a las percepciones que correspondan al grado inmediato superior de los que perciba.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.