Artículo 34 de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Comercio Exterior
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La empresa tiene que formar un comité de recursos humanos con personas específicas: tres representantes de la Secretaría de Hacienda (como el Subsecretario de Egresos y el encargado de Banca de Desarrollo), un experto en recursos humanos elegido por el Consejo Directivo, un consejero independiente, el Director General de la empresa y un representante de la Comisión Nacional Bancaria, que solo opina pero no vota. El Director General no puede participar cuando se hable de su propio sueldo o prestaciones. Este comité se encarga de proponer sueldos, políticas de salarios, bonos por cumplir metas, ascensos, capacitaciones y jubilaciones para los trabajadores. Hacienda pone las reglas sobre puestos y salarios, y el comité las tiene que seguir; además, la empresa debe darle a Hacienda la información que pida. Las juntas las convoca el Director General, se toman decisiones por mayoría de votos, y si hay empate, el Subsecretario de Hacienda tiene el voto decisivo. Cuando el Subsecretario falta, el Titular de Banca de Desarrollo toma su lugar para presidir y desempatar.
Texto oficial
Artículo 34.- La Sociedad tendrá un comité de recursos humanos y desarrollo institucional, que estará integrado de la siguiente forma: Tres representantes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Subsecretario de Egresos, el Subsecretario de Hacienda y Crédito Público y el Titular de la Unidad de Banca de Desarrollo; Una persona designada por el Consejo Directivo, que por sus conocimientos y desarrollo profesional, tenga amplia experiencia en el área de recursos humanos; Un miembro del Consejo Directivo que tenga el carácter de independiente; El Director General de la Sociedad, y Un representante de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con voz, pero sin voto. El Director General de la Sociedad se abstendrá de participar en las sesiones del Comité, que tengan por objeto emitir opiniones o recomendaciones con respecto a su sueldo, prestaciones económicas y de seguridad social. Este Comité opinará y propondrá, los tabuladores de sueldos y prestaciones, política salarial y para el otorgamiento de percepciones extraordinarias por el cumplimiento de metas sujetas a la evaluación del desempeño; políticas de ascensos, promociones y jubilaciones; lineamientos de selección, reclutamiento y capacitación; criterios de separación; y las demás prestaciones económicas y de seguridad social establecidas en beneficio de los servidores públicos que laboren en la Sociedad. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá criterios en materia de estructura ocupacional, movimientos salariales, percepciones extraordinarias y prestaciones, los cuales deberán ser observados por el Comité. Asimismo, la Sociedad proporcionará a la Secretaría señalada la información que solicite. Este Comité sesionará a petición del director general de la Sociedad, quien enviará la convocatoria respectiva a los miembros del mismo, en donde establecerá el orden del día, así como el lugar y fecha para la celebración de la sesión. Sus decisiones se tomarán por mayoría de votos. El Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, quien lo presidirá, contará con voto de calidad en caso de empate. Asimismo, el Comité contará con un secretario técnico, quien tendrá voz, pero sin voto. Salvo el consejero independiente y el profesional con experiencia en el área de recursos humanos, los demás miembros del Comité contarán con sus respectivos suplentes, quienes serán preferentemente servidores públicos del nivel inferior inmediato siguiente y deberán tener cuando menos nivel de director general. En caso de ausencia del Subsecretario de Hacienda y Crédito Público, sin perjuicio del derecho de voto de su suplente, presidirá el Comité y ejercerá el voto de calidad el Titular de la Unidad de Banca de Desarrollo. Artículo adicionado DOF 24-06-2002. Reformado DOF 09-04-2012, 10-01-2014
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.