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Artículo 13 de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El capital neto es el dinero propio que tiene un banco, después de restar sus deudas. La Secretaría de Hacienda es la que decide cuánto debe ser ese capital, pero antes debe escuchar la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria. Esto es para asegurarse de que los bancos tengan suficiente dinero para operar de forma segura. En resumen, el gobierno pone las reglas para que los bancos no estén en riesgo de quebrar.

Texto oficial

Artículo 13.- El capital neto a que se refiere el artículo 34 de la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, será el que fije la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, oyendo la opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.