Artículo 15 de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Hacienda decide cómo serán los certificados de la serie "B" (un documento que vale dinero), cuántos se pueden tener y las reglas para comprarlos, poseerlos o pasarlos de una persona a otra. Esta dependencia del gobierno mexicano fija todos los detalles para que funcionen correctamente. Así, nadie más puede cambiar esas condiciones, solo ellos tienen la autoridad para hacerlo. En palabras más simples, la Secretaría pone las reglas del juego para estos certificados.
Texto oficial
Artículo 15.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público establecerá la forma, proporciones y demás condiciones aplicables a la suscripción, tenencia y circulación de los certificados de la serie "B". CAPITULO CUARTO Administración y Vigilancia
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.