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Artículo 17 de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Consejo Directivo, que es el grupo que toma las decisiones importantes de esta institución, está formado por 14 personas. De esos 14, hay 7 que representan a la serie "A", que son principalmente funcionarios de alto nivel, como el Secretario de Hacienda, quien es el jefe del grupo, y otros secretarios y subsecretarios del gobierno. Si el Secretario de Hacienda falta, lo reemplaza el Subsecretario de Hacienda, y si nadie puede, los demás miembros eligen a alguien de la serie "A". Además, hay 5 consejeros de la serie "B", que son gobernadores, el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México o presidentes municipales, y 2 consejeros independientes, que son personas de fuera del gobierno, elegidas por su buena reputación y experiencia. Por último, el consejo puede invitar a otras personas a sus juntas si su trabajo tiene que ver con los temas que maneja la institución.

Texto oficial

Artículo 17.- El Consejo Directivo estará integrado por catorce consejeros designados de la siguiente forma: Párrafo reformado DOF 24-06-2002, 01-02-2008 I. Siete consejeros representarán a la serie “A” de certificados de aportación patrimonial que serán: Párrafo reformado DOF 24-06-2002 a) El Secretario de Hacienda y Crédito Público, quien presidirá el Consejo Directivo. b) Los titulares de las Secretarías de Desarrollo Social; de Turismo; de Comunicaciones y Transportes; el Subsecretario de Hacienda y Crédito Público; el Subsecretario de Egresos, y un representante designado por el Gobernador del Banco de México dentro de los 3 niveles jerárquicos superiores del instituto central. Párrafo reformado DOF 10-01-2014 Serán suplentes de los consejeros mencionados, preferentemente, los servidores públicos del nivel inferior inmediato siguiente. En las ausencias del Secretario de Hacienda y Crédito Público, el Subsecretario de Hacienda y Crédito Público tendrá el carácter de presidente del Consejo Directivo, en ausencia de este último, tendrá el carácter de presidente el suplente del Secretario de Hacienda y Crédito Público y a falta de todos los anteriores, quien designen los consejeros presentes de entre los consejeros de la serie “A”. Párrafo reformado DOF 10-01-2014 Inciso reformado DOF 24-06-2002 II. Cinco consejeros de serie “B” de certificados de aportación patrimonial, representados por tres Gobernadores o dos de éstos y el Jefe de Gobierno del Distrito Federal y dos Presidentes Municipales, que serán designados de entre los Gobiernos de los Estados y Municipios. Fracción reformada DOF 24-06-2002, 10-01-2014 III. Dos consejeros externos de la serie "B" designados por el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que tendrán el carácter de consejeros independientes. El nombramiento de consejeros independientes deberá recaer en personas de nacionalidad mexicana que por sus conocimientos, honorabilidad, prestigio profesional y experiencia sean ampliamente reconocidos. Fracción adicionada DOF 24-06-2002. Reformada DOF 01-02-2008 El Consejo Directivo podrá invitar a sus sesiones a personas cuyas actividades estén relacionadas con el objeto de la Sociedad. LEY ORGÁNICA DEL BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 01-04-2024 6 de 25 Párrafo adicionado DOF 24-06-2002 En el orden del día de las sesiones del Consejo Directivo se deberán listar los asuntos a tratar y no deberán incluirse asuntos generales. Párrafo adicionado DOF 24-06-2002

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.