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Artículo 28 de la LEY Orgánica del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 28 dice que todas las operaciones y servicios de la Sociedad (una empresa o institución financiera) deben seguir primero las reglas que marca esta ley. Si hay algo que no esté cubierto aquí, entonces se aplican otras leyes como la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito o la Ley Orgánica del Banco de México. También pueden entrar otras leyes que sean útiles para el caso. En pocas palabras, esta ley es la principal, y las demás solo se usan para llenar los vacíos.

Texto oficial

Artículo 28.- Las operaciones y servicios de la Sociedad, se regirán por lo dispuesto en la presente Ley y supletoriamente por la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, por la Ley Orgánica del Banco de México y por las demás disposiciones legales aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.