Artículo 115 de la LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las personas que trabajan en el Servicio Civil de Carrera son consideradas "trabajadores de confianza". Eso significa que su trabajo está regulado por reglas especiales de la Constitución y otras leyes, no por las que aplican a otros empleados públicos. Además, para que tengan acceso a servicios médicos y otras prestaciones (seguridad social), el gobierno debe hacer acuerdos con el ISSSTE, que es la institución encargada de esos beneficios para los trabajadores del Estado. En pocas palabras, estos empleados tienen un régimen laboral distinto y su seguro y prestaciones se manejan aparte.
Texto oficial
ARTICULO 115. 1. Los miembros del Servicio Civil de Carrera serán considerados trabajadores de confianza, y sus relaciones laborales se regirán conforme a lo establecido por la fracción XIV del Apartado B del artículo 123 de la Constitución, por esta Ley, y por los ordenamientos respectivos. A efecto de que reciban las prestaciones de seguridad social, se celebrarán los convenios respectivos con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. TITULO CUARTO De la Comisión Permanente
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.