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Ley
LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
64

Artículo 64 de la LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si se hacen sesiones extra durante el año (además de las normales), la mesa directiva que ya está trabajando ese año es la que se encarga de organizar esas sesiones. La mesa directiva es el grupo de diputados que dirige el trabajo en la Cámara. No se necesita elegir una nueva mesa para las sesiones extraordinarias.

Texto oficial

ARTICULO 64. LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-07-2025 36 de 115 1. En caso de que se realice uno o más periodos de sesiones extraordinarias durante el año legislativo, en dichos periodos actuará la Mesa Directiva electa para el año correspondiente.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 35) ↗

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