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Ley
LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
86

Artículo 86 de la LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las Comisiones ordinarias son grupos de diputados que se encargan de asuntos específicos, como salud o educación, según su nombre. Su trabajo principal es analizar y opinar sobre las propuestas de leyes y decretos que les tocan. Esto lo hacen junto con otra comisión llamada de Estudios Legislativos, que ayuda a revisar los aspectos legales. En pocas palabras, estas comisiones estudian los temas que les corresponden y deciden si una propuesta de ley es buena o no, antes de que se vote en el Congreso.

Texto oficial

ARTICULO 86. 1. Las Comisiones ordinarias tendrán a su cargo las cuestiones relacionadas con la materia propia de su denominación y, conjuntamente con la de Estudios Legislativos, el análisis y dictamen de las iniciativas de leyes y decretos de su competencia.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 44) ↗

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