Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LOCGEUM/92
Ley
LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
92

Artículo 92 de la LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Mientras sean presidente o vicepresidente de la Cámara de Diputados o Senadores, no pueden ser parte de ningún grupo de trabajo de diputados, como las comisiones. Estas comisiones son equipos que se forman para estudiar y discutir temas específicos, y pueden ser permanentes o especiales. La regla aplica durante todo el tiempo que dure su puesto directivo.

Texto oficial

ARTICULO 92. 1. Durante su encargo, el Presidente y los Vicepresidentes de la Cámara, no formarán parte de ninguna comisión ordinaria o especial. Artículo reformado DOF 05-03-2009 LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 07-07-2025 46 de 115

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 45) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.