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Ley
LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Artículo
182

Artículo 182 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un militar en servicio activo pasa a la reserva, se queda con el mismo rango o grado que tenía, por ejemplo, si era capitán, sigue siendo capitán en la reserva. La reserva es la lista de personas que ya no están en servicio activo pero pueden ser llamados de nuevo si se les necesita. Esto aplica a todos los rangos y no pierdes tu nivel por el cambio.

Texto oficial

ARTICULO 182. El personal procedente del activo, al pasar a las reservas, conservará dentro de ellas su jerarquía.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos (pág. 39) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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