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Artículo 22 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional es un grupo de trabajo que ayuda al Presidente (que es el mando más alto) a planear y coordinar todo lo relacionado con la defensa del país, la seguridad pública y el funcionamiento del Ejército, la Fuerza Aérea y la Guardia Nacional. Su chamba es convertir las decisiones importantes en instrucciones y órdenes claras para que todos sepan qué hacer, y luego checar que se estén cumpliendo. Básicamente, son los que se encargan de que las órdenes del jefe máximo se ejecuten bien.

Texto oficial

ARTICULO 22. El Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional es el órgano técnico operativo, colaborador inmediato del Alto Mando, a quien auxilia en la planeación y coordinación de los asuntos relacionados con la defensa nacional, la seguridad pública y la organización, adiestramiento, operación y desarrollo del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional; transforma las decisiones en directivas, instrucciones y órdenes, verificando su cumplimiento. Artículo reformado DOF 18-02-2022, 16-07-2025

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

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