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Artículo 62 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 62 dice que el grupo de mando de la Fuerza Aérea Mexicana se va a formar con personas que ya sean del Estado Mayor y con otras que se necesiten para que funcione. Es decir, no solo entran los miembros habituales de ese equipo, sino que también pueden agregar a más personal si hace falta. Esto se actualizó en una reforma de mayo de 2023 para ajustar cómo se organiza el grupo.

Texto oficial

ARTICULO 62. El Estado Mayor de la Fuerza Aérea estará formado por personal de Estado Mayor, así como de aquél que le sea necesario. Artículo reformado DOF 03-05-2023 LEY ORGÁNICA DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 12 de 75

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

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