Artículo 77 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 77 dice cómo trabaja el Servicio de Ingenieros del Ejército y la Fuerza Aérea. Este servicio se encarga de hacer proyectos de construcción y mantenimiento, como reparar edificios militares, cuidar carreteras y pistas de aterrizaje, y también manejar material de guerra como equipos y herramientas. Además, planea cómo destruir cosas si es necesario, apaga incendios en zonas militares, busca agua para los soldados y construye instalaciones para combustible.
Texto oficial
ARTICULO 77. El Servicio de Ingenieros, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 56, fracción V de esta Ley tendrá a su cargo la ejecución de los trabajos de ingeniería necesarios al Ejército y Fuerza Aérea, así como el abastecimiento del material de guerra de ingenieros que demanden esas Fuerzas Armadas y además realizará las actividades siguientes: Fe de erratas al párrafo DOF 13-02-1987 I. Recibir, fabricar, almacenar, abastecer, evacuar, mantener, reparar, recuperar y controlar equipo y material de guerra de ingenieros para satisfacer las necesidades del Ejército y Fuerza Aérea, así como construir, reparar, mantener y adaptar los edificios y demás instalaciones destinadas a los mismos; II. Planear la construcción y la conservación de obras de fortificación, enmascaramiento, vías de comunicación terrestre y la infraestructura para la Fuerza Aérea; III. Elaborar planes de destrucción y demolición, y ponerlos en ejecución, en su caso; IV. Planear y ejecutar trabajos contra incendio y control de daños, en instalaciones militares o en áreas bajo control militar; Fe de erratas a la fracción DOF 13-02-1987 LEY ORGÁNICA DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 15 de 75 V. Localizar y aprovechar agua para necesidades militares, en coordinación cuando proceda, con los servicios de Sanidad e Intendencia, en lo relativo a su potabilidad y distribución a las tropas, respectivamente; y VI. Construcción, operación y conservación de instalaciones para el manejo de energéticos con fines militares. Servicio Cartográfico
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.