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Artículo 78 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Servicio Cartográfico es la dependencia encargada de hacer todos los mapas, planos y estudios de terreno (como los trabajos de geografía, topografía y fotografía aérea) para el Ejército y la Fuerza Aérea. También se encarga de producir y entregarles cartas, mapas, mosaicos aéreos y materiales parecidos. Esto no significa que sea el único que lo haga, porque puede trabajar en coordinación con otras oficinas del gobierno que hacen cosas similares.

Texto oficial

ARTICULO 78. El Servicio Cartográfico tendrá a su cargo todos los trabajos de este tipo y los geodésicos, topográficos y fotogramétricos, así como la producción y el abastecimiento de cartas, mapas, mosaicos aéreos y material similar para el Ejército y Fuerza Aérea. Estas actividades podrán coordinarse con otros órganos oficiales semejantes. Fe de erratas al artículo DOF 13-02-1987

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

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