Artículo 89 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Quien esté al frente de la Dirección del Servicio de Intendencia (el área que se encarga de los suministros, alimentos y equipo del Ejército) tiene que ser un General que esté trabajando activamente, no retirado. En otras palabras, no puede ser cualquier persona, sino un militar de alto rango que aún esté en servicio. Esto aplica desde el 16 de julio de 2025, cuando se hizo un cambio a la ley.
Texto oficial
ARTICULO 89. La persona titular de la Dirección del Servicio de Intendencia deberá ostentar la jerarquía de General en activo. Artículo reformado DOF 16-07-2025 LEY ORGÁNICA DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 18 de 75 Servicio de Sanidad
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