Artículo 91 de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El encargado de la Dirección del Servicio de Sanidad tiene que ser un General que esté en servicio activo, es decir, que todavía trabaje en el Ejército y no esté retirado o jubilado. No puede ser cualquier persona, solo alguien con ese rango militar específico. Esto aplica para quien dirija el área de salud dentro de las fuerzas armadas.
Texto oficial
ARTICULO 91. La persona titular de la Dirección del Servicio de Sanidad deberá ostentar la jerarquía de General en activo. Artículo reformado DOF 16-07-2025 Servicio de Justicia
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.