Artículo 95 TER de la LEY Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La persona que esté a cargo de la Dirección del Servicio de Informática tiene que ser un General que todavía esté en servicio activo, es decir, que no esté retirado o jubilado. Este requisito se agregó a la ley el 6 de noviembre de 2014 y luego se ajustó el 16 de julio de 2025. En pocas palabras, solo un General en activo puede ocupar ese puesto.
Texto oficial
ARTICULO 95 TER. La persona titular de la Dirección del Servicio de Informática deberá ostentar la jerarquía de General en activo. Artículo adicionado DOF 06-11-2014. Reformado DOF 16-07-2025 Servicio de Archivo Apartado adicionado DOF 03-05-2023
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