Artículo 21 de la LEY Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Procurador General de Justicia de la Ciudad de México es el jefe máximo del Ministerio Público, y tiene autoridad sobre todo el personal que trabaja ahí. Para que la Procuraduría funcione bien, se organiza en varias áreas y puestos, como la Oficina del Procurador, subprocuradurías, fiscalías y direcciones. Por ejemplo, hay una subprocuraduría que se encarga de las averiguaciones previas, otra de los procesos judiciales, y una más para atender a las víctimas del delito. También incluye áreas administrativas como la Oficialía Mayor, que maneja el presupuesto y los recursos humanos. En resumen, solo enumera cómo está dividida la Procuraduría para que tú sepas qué áreas existen y quién es el jefe de todas.
Texto oficial
Artículo 21. (Autoridad jerárquica de la Procuraduría). El Procurador General de Justicia del Distrito Federal, titular de la institución del Ministerio Público, ejercerá autoridad jerárquica sobre todo el personal de la Institución. Para el despacho de los asuntos que competen a la institución, y de conformidad con el presupuesto que se le asigne, la Procuraduría contará con las unidades administrativas y los servidores públicos siguientes: I. Oficina del Procurador: LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 20-06-2011 14 de 45 a) Jefatura General de la Policía de Investigación; b) Visitaduría Ministerial; c) Coordinación General de Servicios Periciales; d) Coordinación General de Políticas Administrativas de Planeación y Organización; e) Coordinación de Agentes del Ministerio Público Auxiliares del Procurador; f) Fiscalía para la Investigación de los delitos cometidos por Servidores Públicos; g) Fiscalía de Revisión y Seguimiento de Asuntos de Alto Impacto; h) Dirección General de Política y Estadística Criminal; i) Dirección General de Asuntos Internos; j) Dirección General de Comunicación Social; k) Instituto de Formación Profesional; l) Consejo de Honor y Justicia de la Policía de Investigación; II. Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales; Fiscalías Centrales de Investigación; III. Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Desconcentradas; a) Fiscalías Desconcentradas de Investigación; y, b) Unidades de Recepción por Internet (URI). IV. Subprocuraduría de Procesos; a) Fiscalías de Procesos; b) Fiscalía de Mandamientos Judiciales; c) Dirección de Consignaciones; y, d) Dirección de Procesos en Salas Penales; V. Subprocuraduría Jurídica, de Planeación, Coordinación Interinstitucional y de Derechos Humanos; a) Dirección General Jurídico Consultiva y de Implementación del Sistema de Justicia Penal; b) Dirección General de Derechos Humanos; c) Dirección General de Planeación y Coordinación; y, LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 20-06-2011 15 de 45 VI. Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad; a) Dirección General de Atención a Víctimas del Delito; b) Dirección General de Servicios a la Comunidad; c) Centro de Estancia Transitoria para Niños y Niñas; y, d) Dirección Especializada de Atención a Mujeres, Víctimas en Delitos Sexuales; VII. Oficialía Mayor; a) Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto; b) Dirección General de Recursos Humanos; c) Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales; d) Dirección General de Tecnología y Sistemas Informáticos; e) Dirección Ejecutiva de Administración de Bienes Asegurados. Las unidades administrativas señaladas contarán con el personal que requieran para el ejercicio de sus atribuciones, tales como: a) Agentes del Ministerio Público; b) Agentes del Ministerio Público especializados en materia de Justicia para Adolescentes y Extinción de Dominio; c) Oficiales Secretarios; d) Agentes de la Policía de Investigación; e) Peritos; f) Abogadas y abogados victimales; g) Psicólogos Clínicos; h) Trabajadores Sociales; i) Supervisores; j) Visitadores; k) Directores de área; l) Subdirectores de área; m) Jefes de unidad departamental; n) Mediadores; LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 20-06-2011 16 de 45 o) Auxiliares de Mediadores; p) Orientadores; q) Líderes Coordinadores de Proyectos; y, r) El personal de apoyo administrativo que sea necesario para el ejercicio de sus funciones. En la Procuraduría existirá una Contraloría Interna dependiente de la Contraloría General del Distrito Federal, que ejercerá las atribuciones conferidas por la normatividad aplicable. CAPITULO II DEL PROCURADOR
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.