Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LOPGJDF/32
Ley
LEY Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Artículo
32

Artículo 32 de la LEY Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Subprocuraduría Jurídica, de Planeación, Coordinación Interinstitucional y de Derechos Humanos es como una jefa que vigila y controla tres áreas importantes. La primera se encarga de asuntos legales y de cómo aplicar el sistema de justicia penal, o sea, las reglas para juzgar delitos. La segunda cuida que se respeten tus derechos humanos, como la igualdad o la libertad. Y la tercera organiza los planes y la comunicación con otras dependencias. En resumen, este artículo dice qué grupos de trabajo están a cargo de esa subprocuraduría.

Texto oficial

Artículo 32. La Subprocuraduría Jurídica, de Planeación, Coordinación Interinstitucional y de Derechos Humanos, tendrá bajo su dirección y supervisión las Unidades Administrativas que a continuación se mencionan: I. Dirección General Jurídico Consultiva y de Implementación del Sistema de Justicia Penal; II. Dirección General de Derechos Humanos; y, III. Dirección General de Planeación y Coordinación.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (pág. 23) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.