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Artículo 101 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Secretariado Ejecutivo del Pleno (que es como la oficina que apoya a los jefes del Poder Judicial) va a ayudar al Tribunal de Disciplina Judicial cuando investiguen a empleados del Órgano de Administración Judicial por malas conductas o falta de responsabilidad. Esto lo harán a través de la Junta de Coordinación, que es un grupo encargado de organizar el trabajo. Todo se hará siguiendo lo que digan la ley y los acuerdos generales sobre las funciones de esa Junta. En pocas palabras, se trata de que haya apoyo para que los procesos disciplinarios sean más rápidos y claros.

Texto oficial

Artículo 101. El Secretariado Ejecutivo del Pleno, a través de la Junta de Coordinación, auxiliará al Tribunal de Disciplina Judicial en la sustanciación de procedimientos disciplinarios y de responsabilidad que se lleven a cabo contra servidores públicos adscritos a los órganos a cargo del Órgano de Administración Judicial, conforme a lo que dispongan la ley y los acuerdos generales respecto de las atribuciones de la Junta de Coordinación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.