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Artículo 102 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Secretariado Ejecutivo del Pleno del Órgano de Administración Judicial (que es como la oficina principal que organiza el trabajo de los jueces y tribunales) es el encargado de reportar o acusar a los trabajadores del Poder Judicial Federal que hayan hecho algo mal. Esto lo hace ante el Tribunal de Disciplina Judicial (que es como el juez de los empleados del sistema judicial). También le tiene que dar a este tribunal toda la información y documentos que puedan servir como pruebas, ya sea por iniciativa propia o cuando el tribunal se los pida de manera formal.

Texto oficial

Artículo 102. Corresponderá al Secretariado Ejecutivo del Pleno del Órgano de Administración Judicial presentar quejas o denuncias ante el Tribunal de Disciplina Judicial, así como proporcionarle, de oficio o cuando el Tribunal de Disciplina Judicial formalmente lo requiera, la información y documentación que pueda constituir indicio o medios de prueba en la investigación y determinación de responsabilidades administrativas de las personas trabajadoras del Poder Judicial Federal. CAPÍTULO II Órganos Auxiliares SECCIÓN 1a. Disposiciones Generales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.