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Artículo 104 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Para ser jefe en algunas áreas del Órgano de Administración Judicial, necesitas tener título universitario en una carrera relacionada con el puesto, al menos 5 años de experiencia, buena reputación y no haber estado preso por un delito grave con más de un año de cárcel. Esto no aplica para el director general del Instituto Federal de Defensoría Pública, los de la Junta Directiva de Concursos Mercantiles ni el titular del Centro de Solución de Controversias, porque ellos siguen otras reglas de su propia ley.

Texto oficial

Artículo 104. Con excepción del director o directora general del Instituto Federal de Defensoría Pública, de las y los miembros de la Junta Directiva del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles y de la persona titular del Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias del Poder Judicial de la Federación, cuyos requisitos para ser designadas o designados se mencionan en las leyes de la materia correspondientes, las y los demás titulares de los órganos del Órgano de Administración Judicial deberán tener título profesional legalmente expedido, afín a las funciones que deban desempeñar, experiencia mínima de cinco años, gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso con sanción privativa de libertad mayor de un año.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.