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Artículo 22 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los jueces (magistrados) deben hacer una lista de los casos que van a tratar, y publicarla al menos tres días antes de la sesión. Los casos se resuelven en el orden en que aparecen en esa lista. Si un caso se retira o se deja para estudiarlo mejor, debe ser discutido en menos de quince días. Además, un mismo caso solo se puede posponer una vez, no más.

Texto oficial

Artículo 22. Las y los Magistrados listarán los asuntos con tres días de anticipación cuando menos, y se resolverán en su orden. Los proyectos desechados o retirados para mejor estudio deberán discutirse en un plazo menor a quince días, no pudiendo retirarse un mismo asunto por más de una vez.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.