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Ley
LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo
244

Artículo 244 de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 244 dice que hay una oficina llamada Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, que es la encargada de juntar, ordenar y dar a conocer las resoluciones y criterios de los tribunales federales. La persona que esté al frente de esta oficina debe cumplir los mismos requisitos que un secretario o secretaria general de acuerdos, que es un puesto importante dentro del Poder Judicial. Además, esta oficina tendrá el personal de apoyo que pueda pagar con el dinero que le asignen en el presupuesto. En términos simples, es como un centro que guarda y publica las decisiones más importantes de los jueces, para que todos las conozcan.

Texto oficial

Artículo 244. La Coordinación de Compilación y Sistematización de Tesis, será el órgano competente para compilar, sistematizar y publicar las tesis y jurisprudencias emitidas por los órganos del Poder Judicial de la Federación. Su titular deberá satisfacer los requisitos exigidos para ser secretario o secretaria general de acuerdos y tendrá el personal subalterno que fije el presupuesto.

Ver texto oficial de la LEY Orgánica del Poder Judicial de la Federación (pág. 59) ↗

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